Con el decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, se profundizó la política de «Cielos Abiertos» y fueron más allá de aquella «Revolución de los Aviones» que implementaran Macri y Dietrich.
El Gobierno Nacional puso en marcha un paquete de reformas que permitirán modernizar y desburocratizar el sector aéreo, a partir de la publicación hoy en el Boletín Oficial, del decreto 599/2024 que reglamenta el acceso a los mercados aerocomerciales.
La habilitación del ingreso de nuevos operadores, la transparencia el modo en el que se asignan las posiciones, sobre todo en el Aeroparque Jorge Newbery y la posibilidad de que aerolíneas extranjeras puedan operar vuelos de cabotaje en el país, avanza mucho más allá de lo que en su momento instrumentaron Macri y Dietrich con la recordada “Revolución de los Aviones”.
El decreto, permite digitalizar trámites, desregular los servicios de rampa en los aeropuertos y agilizar los procesos para el otorgamiento de rutas, pero también habilita a quienes tengan pequeñas aeronaves a ejercer una industria lícita sin la burocracia actual que les exige los mismos requisitos de una gran línea aérea.
Esto significa que aún aquellos que operan en pequeños aeropuertos, puedan instrumentar un servicio de pasajeros y cargas, sin mayores burocracias y con la sola limitante de la seguridad operacional, tanto en la base aérea como en las aeronaves.
Esto permitiría que ciudades intermedias del interior del país, que hoy no tienen vuelos directos, puedan accedar a una mayor conectividad, incluídas pequeñas poblaciones con aerodromos.
En los considerandos del decreto, se indica que la actividad aerocomercial en la Argentina debe “regirse por los principios de libre acceso a los mercados, lealtad comercial, desregulación tarifaria, estricto resguardo de la seguridad operacional y la seguridad en la aviación, vigilancia operacional continua de los servicios autorizados, el principio de unicidad del estado, la libertad contractual, celeridad, comunicación directa, dinamismo, integralidad y eficacia”.
Todas estas medidas forman parte de la reglamentación del DNU 70 de diciembre de 2023, del cual el flamante ministro Federico Sturzenegger fue principal mentor y ejecutor.
“Es intención del Poder Ejecutivo nacional aumentar la conectividad aérea tanto dentro del país como también con terceros Estados”, señala el Decreto.
Para esto elimina las llimitaciones en cuanto a las prestaciones de las denominadas “libertades” bilaterales, suprimiendo trabas que consideran innecesarias, con el fin de impulsar la conectividad regional y global del país y de las provincias con un libre acceso a los mercados.
En ese sentido y a partir de la desregulación tarifaria, se terminan los topes para los valores de los tickets y cualquier compañía del exterior, por ejemplo Sky Airlines, podrá operar una ruta entre Santiago de Chile, Mendoza y de allí a Bariloche o Mar del Plata, o cualquier otra ciudad argentina a la que consideren rentable.
Según indica el decreto, el objetivo final de estas medidas, que el país tenga mayor conectividad, más frecuencias y nuevas empresas aéreas, lo que generará un mayor flujo de turismo en las provincias argentinas, con tarifas más competitivas para que más personas puedan volar.
“Las actividades referenciadas (transporte aéreo interno e internacional de pasajeros y/o de cargas, para servicios regulares o no regulares; para el trabajo aéreo y para los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general) quedan autorizadas para prestarse, conforme la elección del explotador, en cualquier aeródromo, instalación o infraestructura habilitada por la autoridad aeronáutica a dichos fines, conforme los avances técnicos y sujeto la autorización del operador del aeródromo, la capacidad operativa declarada y al régimen de explotación y funcionamiento del aeródromo correspondiente”, señala el Anexo I del decreto.
Es cierto que las normas que rigen el sector aéreo argentino no se renuevan desde hace más de 70 años y que, para transformar el transporte, el trabajo aéreo y la aviación civil, era necesario actualizarlas.
Y en ese sentido, a adelantaron que están previstos más decretos para la reforma del Código Aeronáutico, la derogación de leyes que provocan monopolios, la implementación de política de cielos abiertos y cambios de funciones de los organismos públicos.
Esto afectará directamente la acividad de las compañías que hoy operan en el país los vuelos de cabotaje.
Flybondi y Jetsmart verán ampliadas sus posibilidades de operación, mientras que Aerolíneas Argentinas deberá adecuarse a los nuevos parámetros para seguir siendo competitiva.
Está claro que las empresas privadas buscarán fundamentar sus operaciones en aquellas rutas que son más rentables y allí habrá que ver que decisión toma el Gobierno respecto a la línea de bandera que, por ahora, no está en situación de ser privatizada.
La norma determina que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) ya no convocará a audiencias públicas para el tratamiento de solicitudes de rutas de los operadores y a partir de ahora, un operador podrá solicitar los tramos que desee operar y el gobierno tendrá 30 días iniciales de plazo máximo para presentar oposiciones u observaciones.
Si al final de dicho plazo no hubiere objetado el pedido o no se hubiere expedido, el operador podrá pedir el pronto despacho de la solicitud.
No obstante se aclara que, si a los 15 días de solicitado el pronto despacho la autoridad aeronáutica no se hubiere pronunciado, la solicitud se considerará aprobada automáticamente, quedando sólo como requisito que el operador presente los seguros de ley y la “aprobación operativa de las programaciones”.
En otro orden, desde la Secretaría de Transporte señalaron que esta medida “transparenta el modo en el que se asignan las posiciones y horarios de vuelo a las aerolíneas y optimiza los servicios en los aeropuertos”.
La decisión gubernamental posibilita digitalizar trámites, desregular los servicios de rampa en los aeropuertos y agilizar los procesos para otorgar rutas. También habilita a quienes tengan pequeñas aeronaves a ejercer “una industria lícita”.
Hoy el Gobierno Nacional cuenta con acuerdos bilaterales con Ecuador, Brasil, Perú, Chile, Uruguay, Panamá y Canadá.
De estos países el que más podría hacer uso en el corto plazo de la nueva norma, es Chile, ya que la mencionada anteriormente Sky por un lado y Jetsmart, por el otro, podrán sacar provecho de las modificaciones, operando rutas internas en el país o utilizando aeronaves matriculadas en Chile, para volar en nuestro territorio.
El abanico es tan amplio que aún no se ve con claridad el horizonte. Los días sucesivos irán marcando, seguramente, más precisiones a partir de las decisiones que se vayan tomando desde las empresas. (NA)